- acción
- 1) Economía. Facultad derivada de la letra de cambio que permite hacer efectivo su importe en un juicio ejecutivo. Puede ser directa o de regreso. Es directa cuando se dirige contra el aceptante o sus avalistas, y es de regreso cuando se dirige contra cualquier otro obligado. Facultad concedida al acreedor hipotecario de dirigirse contra cualquier poseedor de la cosa hipotecada para hacer efectivo su crédito. Acto por el que se pide la persecución de un delito o falta, cuyo fin es la imposición de la pena que corresponda al culpable. En general, derecho que se tiene a una cosa y que se manifiesta en la facultad que tiene el titular de algún derecho sobre ella de hacerlo efectivo por vía judicial.2) Economía. Parte alícuota del capital de una sociedad mercantil. Pueden ser nominativas o al portador y total o parcialmente desembolsadas. La acción es un título-valor y da derecho a una parte proporcional en el reparto de beneficios, y a su cuota patrimonial correspondiente en la disolución de la sociedad. Da también derecho preferente en la suscripción de nuevas acciones y derecho de voto en las Juntas Generales.3) Derecho. Derecho que se tiene a pedir alguna cosa en juicio.4) Derecho. Modo legal de ejercitar el mismo derecho.
Diccionario de Economía Alkona. 1995.